Perito Forestal - Temuco

El análisis de un colega experto en arborización urbana.


Hace 3 años, observando el paisaje de mi ciudad, me di cuenta de la cantidad de árboles que se encuentran en mal estado y las mutilaciones provocadas por las podas municipales, estas prácticas causan verdaderos estragos en nuestros barrios. Esa tarde después de una lluvia de ideas junto a un colega, comenzamos a investigar e interiorizarnos sobre el tema de los árboles y bosques urbanos, razón que nos motivo para elaborar y proponer un ante proyecto de ordenamiento y arborización urbana para nuestra comuna.


En el proceso de investigación, descubrimos que a nivel internacional hace más de 50 años existe una rama de la Silvicultura llamada “Silvicultura Urbana” y que hay ciertas normas que regulan la mantención y cantidad de áreas verdes dentro de una ciudad; a nivel internacional la OMS comenzó a publicar la recomendación que en cada ciudad se necesita un mínimo de 9m2/hab. de áreas verdes. Situación que dista mucho con la realidad de las comunas de nuestro país. Este déficit, que es una desventaja ambiental, para los forestales es una oportunidad laboral en potencia la cual necesita ser explotada y desarrollada por nosotros los Ingenieros Forestales.


Estudiando y consultando encontramos muchas cosas; por ejemplo CONAF no tiene jurisprudencia legal dentro del perímetro urbano. Todo y cada una de las cosas respecto a los árboles, bosques y parques urbanos son de única responsabilidad de los municipios la forestación el cuidados y el manejo. Por otra parte las empresas: sanitarias, eléctricas, inmobiliarias y de telecomunicaciones, están sujetas a las ordenanzas municipales, que regulan el manejo del arbolado urbano.


En conclusión sí CONAF, no tiene jurisprudencia en el área urbana, qué ocurre cuando los municipios desean cortar, podar o trasladar especies protegidas como Araucaria, Alerce ó Palma Chilena, declaradas Monumentos Naturales para todo el territorio nacional, la respuesta es: Los municipios deben elevar una solicitud a CONAF central, y el Director ejecutivo nacional CONAF, puede autorizar dichas faenas, si realmente se justifican; de no hacer este trámite, cualquier obra civil no es legal.


El año 2009, en Argentina se celebro el “Congreso Mundial Forestal”. En tal ocasión se tocó el tema del árbol urbano, y quienes asistieron se dieron cuenta que la realidad chilena deja bastante que desear, se concluyo que se debe cambiar el concepto de metro cuadrado de área verde por habitante, al de cobertura arbórea por habitante, relación que la OMS aprueba y sugiere a partir del 2010, con un mínimo de 10 m2 de cobertura arbórea por habitante, como dato Alemania, Francia, España, EEUU, Canadá tienen como mínimo 20 m2 de cobertura arbórea / hab. Liderando el tema Alemania, tienen algunas ciudades 45 m2. /hab. En Chile sólo la comuna de Vitacura casi cumple la normativa, tiene 9,7 m2 /hab. 

Pablo Andrés Palma
Perito en Silvicultura Urbana
Diplomado Economía Social Ecológica de Mercado.
Ingeniero Forestal(c) UCT
Técnico Universitario Forestal UCT.